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ALUVIÓN DE DEMANDAS ante LA NUEVA LEY PARA REDUCIR LA TEMPORALIDAD EN LAS ADMINISTRACIONES



Los colectivos de Interinos advierten de la entrada en vigor en diciembre de la Directiva Europea “ Whistleblower” que facilitará un mecanismo de denuncia a los empleados públicos


Distintas plataformas, coordinadoras y sindicatos de interinos (CAEPAT, Coordinadora Valenciana, de Baleares, de Castilla la Mancha, la PIC, Interinok Taldea, SITAG o STEPA), que además han convocado para el jueves 2 de diciembre a las 10.00 h una concentración frente al Congreso de los Diputados (día en que el Congreso aprueba el proyecto de ley para la reducción de la temporalidad en las administraciones públicas) han afirmado que la aprobación de esta ley aumentará la judicialización del conflicto de los interinos.


Según afirman el plazo fijado de 5 años para que las plazas salgan a concurso de méritos es en realidad 6 años, del 1 de enero de 2016 al 1 de enero de 2022, por lo que incumple lo fijado en el dictamen de la Comisión de Función Pública del Congreso del 23 de noviembre, ya que en la exposición de motivos se hace referencia a un concepto jurisprudencial que fija el abuso de temporalidad en 5 años. “Si se fija el abuso de temporalidad en el propio texto en 5 años pero la ley finalmente establece un plazo de 6 años reales para que las distintas plazas salgan a concurso, esto va a provocar un auténtico aluvión de demandas judiciales”.

Además, tal como expresaron distintos representantes de estos colectivos hace una semana al Comisario Europeo Nicolas Schmit, consideran que el proyecto de ley no cumple los mandatos de la Directiva 1999/70/CE y de la jurisprudencia del TJUE que obliga a su transposición como en el sector privado, ni sanciona a los responsables del fraude de ley ni compensa a todos los empleados públicos que han sufrido el abuso; ya que la sanción al abuso sigue recayendo sobre el trabajador temporal a quien se le cesa al cabo de los tres años ocupando interinamente su plaza; no articula un instrumento sancionador equivalente y disuasorio (la indemnización que se plantea de 20 días por año con un tope de 12 mensualidades no es equivalente a la fijada en el sector privado ni tampoco es suficientemente disuasoria). Finalmente añaden que el concurso de méritos aparece como proceso abierto, no restringido, y por tanto de resultado incierto, inapropiado como medio de sanción cuando los participantes puede que no sean víctimas del abuso.


Directiva Europea “ Whistleblower”

A las múltiples sentencias que se vienen produciendo desde hace ya tiempo que remarcan el abuso en 3 años y no en 6 años fijando la fijeza o permanencia en el puesto de trabajo, manifiestan que ahora hay que sumar una nueva e importante vía que se abre en España a partir del 17 de diciembre de este mismo año. Ese día es el tope para la transposición al ordenamiento jurídico interno español de la conocida como Directiva Whistleblower, por lo que a partir de dicha fecha podrá aplicarse sin transposición. Con un objetivo de garantizar la transparencia y combatir la corrupción tanto en el ámbito privado como en el público, esta directiva prevé generar mecanismos de denuncia directa por parte de funcionarios, ex funcionarios, trabajadores o ex trabajadores del sector público para que éstos puedan denunciar irregularidades e incumplimientos de diferentes leyes o violaciones de derechos. A su juicio, con la aprobación de la ley en los términos del dictamen de la Comisión de Función Pública del Congreso del 23 de noviembre, serán miles de empleados públicos temporales los que además de las demandas judiciales usarán esta nueva vía para defender sus derechos.


Concentración ante el Congreso de lo Diputados

Por todo ello la Coordinadora Estatal de Empleados Públicos Temporales, sus homólogas en

Andalucía, Valencia, Baleares, Cataluña y Castilla la Mancha, y los sindicatos Interinok Taldea, STEPA y SITAG han convocado para este jueves, día en que se aprobará el texto normativo en el Congreso, una concentración frente al Congreso, que comenzará a las 10 de la mañana. Insisten en que esta normativa que se pretende aprobar cierra en falso el conflicto, porque no transpone la Directiva Europea 1999/70/CE en el sentido que debe hacerse de acuerdo con los distintos pronunciamientos del TJUE: ni fija el abuso de temporalidad en tres años, ni articula procesos restringidos ni contempla sanciones efectivas y disuasorias.



NOTA DE PRENSA
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